Qué perros son PPP y cuáles no siempre es un tema que no se libra de polémica. En España existe una lista oficial de perros potencialmente peligrosos (PPP) y, además, la ley también permite catalogar como PPP a otros perros si cumplen determinadas características físicas.
Esto hizo que recientemente la Audiencia Provincial de Cantabria declarase potencialmente peligroso a un perro de raza Villano de las Encartaciones, una raza autóctona de Euskadi y que no figura en el listado oficial de perros potencialmente peligrosos en España.
Nuevo debate sobre los perros PPP
El caso surge a raíz de los daños causados por el perro a una tercera persona, tal y como informa el medio Animal's Health.
En un primer momento, el juzgado dio la razón al propietario del animal, estimó la demanda presentada contra la aseguradora y condenó a la compañía a abonar 21.736,61 euros, además de los intereses previstos en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro.
Sin embargo, la compañía recurrió la decisión. Su argumento era claro: el siniestro no debía estar cubierto por la póliza porque el perro debía considerarse potencialmente peligroso y, por tanto, su tenencia requería un seguro obligatorio específico., es decir, el seguro de responsabilidad civil que todo PPP debe tener.
La póliza contratada por el dueño excluía expresamente los daños derivados de animales cuya posesión esté sujeta a un seguro obligatorio. La Audiencia Provincial de Cantabria terminó dando la razón a la aseguradora.
Un perro puede ser PPP aunque su raza no esté en la lista
La sentencia recuerda que el Real Decreto 287/2002 no solo incluye una lista concreta de razas consideradas potencialmente peligrosas.
También establece que cualquier perro puede ser catalogado como PPP si reúne la mayoría de las características físicas recogidas en el anexo II de la normativa.
Entre esos rasgos figuran:
musculatura fuerte y aspecto robusto
configuración atlética y gran resistencia
pelo corto
perímetro torácico entre 60 y 80 cm
altura a la cruz entre 50 y 70 cm
peso superior a 20 kg
La normativa también describe rasgos concretos de la cabeza y la estructura corporal: cráneo ancho, mandíbulas fuertes, cuello musculoso, pecho profundo y extremidades robustas.
Según el tribunal, el Villano de las Encartaciones reúne la mayoría de estas características morfológicas.
Los expertos: Villano de las Encartaciones no es PPP
Durante el juicio declararon varios expertos, entre ellos una veterinaria y el presidente del Club Nacional del Villano de las Encartaciones.
Ambos coincidieron en que la raza comparte muchas de las características físicas descritas en la normativa. No obstante, la veterinaria defendió que no basta con la morfología para considerar a un perro potencialmente peligroso.
De hecho, señaló que si se aplicaran esos criterios de forma estricta, razas como el pointer también podrían acabar siendo catalogadas como PPP.
La consecuencia legal: el seguro no cubría los daños
Tras analizar el caso, la Audiencia Provincial concluyó que el perro debía considerarse potencialmente peligroso a efectos legales.
Esto implica que su propietario debía contar con el seguro específico exigido por la Ley 50/1999 para la tenencia de este tipo de animales.
Al no existir esa cobertura obligatoria, el tribunal revocó la sentencia anterior y absolvió a la aseguradora. En consecuencia, el propietario del perro no podrá reclamar la indemnización por los daños causados.